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La OCU recuerda lo que no pueden hacer los bancos al cobrar los premios de la Lotería de pascuas

La nacimiento es una época de alegría, amor y esperanza. Con ella llegan también las tradiciones que nos acompañan año tras año, como la celebración del Sorteo Extraordinario de la Lotería de nacimiento. Este año, el tan esperado sorteo se llevará a cabo el domingo 22 de diciembre y como siempre, millones de personas en todo el país están esperando con ilusión el momento de conocer los números ganadores. Sin embargo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) quiere recordar a todos los ciudadanos que, a pesar de la emoción del sorteo, no deben permitir que las entidades bancarias les cobren comisiones o les exijan contraprestaciones al momento de cobrar sus premios.

La OCU ha sido una voz de defensa de los derechos de los consumidores durante más de 40 años. Su objetivo principal es velar por los intereses de los ciudadanos y garantizar un consumo responsable y justo. Por ello, ante la cercanía del Sorteo Extraordinario de la Lotería de nacimiento, la organización ha querido recordar a los consumidores que, según la norma vigente, las entidades bancarias no pueden cobrar ninguna comisión o exigir ninguna contraprestación a la hora de cobrar los premios de la Lotería de nacimiento.

Esta medida está amparada por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al cabriola de la actividad económica. En su artículo 105, se establece que “las entidades de crédito no podrán cobrar comisiones por la realización de operaciones de pago, incluyendo la retirada de efectivo, a través de sus cajeros automáticos o en las ventanillas de sus oficinas, ni por la utilización de sus tarjetas de débito en sus propios cajeros automáticos”. Esto incluye también la retirada de premios de la Lotería de nacimiento.

La OCU ha querido recordar esta norma para evitar que los ciudadanos se vean sorprendidos al momento de cobrar sus premios. En años anteriores, se han dado casos en los que las entidades bancarias han intentado cobrar comisiones a los ganadores de la Lotería de nacimiento, alegando que se trata de una transacción bancaria. Sin embargo, esto no es cierto y la OCU ha querido aclararlo para evitar posibles abusos.

Además, la organización también ha recordado que es importante que los ciudadanos estén atentos a la hora de cobrar sus premios. Siempre es recomendable acudir a la entidad bancaria que nos ha vendido el décimo premiado, ya que en estos casos, no se aplicarán comisiones ni contraprestaciones. En caso de que hayamos comprado el décimo en una administración de lotería diferente a nuestra entidad bancaria, es importante preguntar si se aplicará alguna comisión al momento de cobrar el premio.

La OCU también ha querido recordar que, en caso de que se aplique alguna comisión de forma indebida, los consumidores pueden reclamar su devolución y, en caso de no obtener una respuesta satisfactoria por parte de la entidad bancaria, pueden recurrir a las Juntas Arbitrales de Consumo o a los tribunales de justicia.

En definitiva, la Organización de Consumidores y Usuarios quiere garantizar que todos los ciudadanos puedan disfrutar plenamente de sus premios de la Lotería de nacimiento sin tener que hacer frente a comisiones o contraprestaciones injustas. La nacimiento es una época de ilusión y satisfacción, y no debemos permitir que ningún abuso por parte de las entidades bancarias nos la arruine. Así que, ¡no olvidemos que nuestros premios son solo nuestros y no deben ser compartidos con nadie

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